El Instituto tendrá, además, un Subgerente, nombrado por la Junta Directiva, quien reemplazará al Gerente durante las faltas temporales o absolutas y en los demás casos en que el Gerente expresamente le delegue las funciones, y desempeñara así mismo, todas aquellas que le fijen la Junta Directiva y los reglamentos del Instituto.
Decreto 1880 de 1947 →Vigente
Artículo 29
El Instituto Tendrá, Además, Un Subgerente, Nombrado Por La Junta Directiva, Quien Reemplazará Al Gerente Durante Las Faltas Temporales O Absolutas Y En Los Demás Casos En Que El Gerente Expresamente Le Delegue Las Funciones, Y Desempeñara Así Mismo, Todas Aquellas Que Le Fijen La Junta Directiva Y Los Reglamentos Del Instituto
Decreto 1880 de 1947 · por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.