Para las vacaciones de los empleados y obreros independientes de cada obra no se necesita resolución especial para su pago hasta acompañar al comprobante la certificación del Jefe de la obra, en que conste el periodo al cual se refiere. Para los empleados nombrados por Decreto, el Ministerio dictara la correspondiente resolución.
Decreto 190 de 1939 →Vigente
Artículo 134
Para Las Vacaciones De Los Empleados Y Obreros Independientes De Cada Obra No Se Necesita Resolución Especial Para Su Pago Hasta Acompañar Al Comprobante La Certificación Del Jefe De La Obra, En Que Conste El Periodo Al Cual Se Refiere
Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.