Aprobación judicial de conciliaciones extrajudiciales en materia de lo contencioso administrativo . Las actas que contengan conciliaciones extrajudiciales en materia de lo contencioso administrativo se remitirán a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes al de su celebración, al Juez o Corporación que fuere competente para conocer de la acción judicial respectiva, a efecto de que imparta su aprobación o improbación. El auto aprobatorio no será consultable.
Ley 640 de 2001 →Vigente
Artículo 24
Aprobación Judicial De Conciliaciones Extrajudiciales En Materia De Lo Contencioso Administrativo
Ley 640 de 2001 · por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia