Articulo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en lo pertinente los artículos 52, 55, 57, 63 y 67 de la Ley 45 de 1923 y demás normas que le sean contrarias.
Decreto 2277 de 1989 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga En Lo Pertinente Los Artículos 52, 55, 57, 63 Y 67 De La Ley 45 De 1923 Y Demás Normas Que Le Sean Contrarias
Decreto 2277 de 1989 · Por el cual se asignan funciones a la Superintendencia Bancaria y a la Comisión Nacional de Valores en los procesos de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios de una institución vigilada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.