º. Adóptase, como parte de los reglamentos de tránsito que rigen en las carreteras, el sistema de señales prescrito por el Consejo Nacional de Vías de Comunicación, en las instrucciones sobre construcción y conservación de carreteras, expedidas por dicho Consejo.
Decreto 652 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Adóptase, Como Parte De Los Reglamentos De Tránsito Que Rigen En Las Carreteras, El Sistema De Señales Prescrito Por El Consejo Nacional De Vías De Comunicación, En Las Instrucciones Sobre Construcción Y Conservación De Carreteras, Expedidas Por Dicho Consejo
Decreto 652 de 1934 · Por el cual se reglamenta el uso de señales de tránsito en las carreteras nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.