Micelio

Artículo 2

Los Recursos De Que Trata El Artículo Anterior Se Interpondrán, Tramitarán Y Decidirán En La Forma Y Términos Señalados Para Los Mismos En El Código De Justicia Penal Militar Vigente, Pero El De Casación Sólo Podrá Interponerse Dentro De Los Treinta Días Siguientes A La Fecha En Que Este Decreto Éntre A Regir

Decreto 1197 de 1951 · Por el cual se generalizan los recursos extraordinarios de casación y revisión consagrados en el Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los recursos de que trata el artículo anterior se interpondrán, tramitarán y decidirán en la forma y términos señalados para los mismos en el Código de Justicia Penal Militar vigente, pero el de casación sólo podrá interponerse dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que este Decreto éntre a regir.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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