Servicio legal popular. El servicio legal popular es un servicio social de carácter obligatorio para optar al título profesional de Abogado, en los términos y durante el tiempo señalado en la presente ley. Este servicio deberá cumplirse de manera concurrente con la terminación y aprobación de las materias del pénsum académico, la presentación y aprobación de los exámenes preparatorios y la elaboración y sustentación de la monografía de acuerdo con la ley. Los requisitos legales en ningún caso serán susceptibles de omisión, homologación, ni sustitución.
Ley 446 de 1998 →Derogado
Artículo 149
Derogado
Ley 446 de 1998 · por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia.
5 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 1999C-247/99ConstitucionalidadEXEQUIBLE
- 1999C-255/99ConstitucionalidadESTARSE A LO RESUELTO
- 1999C-375/99ConstitucionalidadESTARSE A LO RESUELTO
- 1999C-723/99ConstitucionalidadESTARSE A LO RESUELTO
- 2002C-523/02ConstitucionalidadEXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia