Vencido el término señalado en el artículo anterior sin que se hayan presentado la oposición y pruebas dichas, o cuando presentada la oposición y las pruebas, éstas no sean suficientes, en concepto del Ministerio, para suspender la tramitación de la propuesta, se procederá a celebrar el respectivo contrato con el interesado, el cual deberá allanarse a firmarlo dentro de los treinta días siguientes entendiéndose que si no lo hace quedará caducada su solicitud.
Artículo 24
Vencido El Término Señalado En El Artículo Anterior Sin Que Se Hayan Presentado La Oposición Y Pruebas Dichas, O Cuando Presentada La Oposición Y Las Pruebas, Éstas No Sean Suficientes, En Concepto Del Ministerio, Para Suspender La Tramitación De La Propuesta, Se Procederá A Celebrar El Respectivo Contrato Con El Interesado, El Cual Deberá Allanarse A Firmarlo Dentro De Los Treinta Días Siguientes Entendiéndose Que Si No Lo Hace Quedará Caducada Su Solicitud
Decreto 1054 de 1932 · POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTICULOS 4°, APARTES c) Y d), Y 110 DEL CODIGO FISCAL, Y 5° DE LA LEY 52 DE 1931, Y SE ADICIONA EL DECRETO NUMERO 566 DE 1932
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.