Micelio

Artículo 1.2.2.11

Declaración Anual De Activos En El Exterior - Formulario 160

Resolucion 227 de 2025 · Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Habilitar para la presentación de la "Declaración Anual de Activos en el Exterior" correspondiente al año gravable 2019 y siguientes, el Formulario Modelo N° 160, prescrito mediante la Resolución 0013 de marzo 3 de 2017, diseño que forma parte integral de la presente resolución.

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a presentar la "Declaración Anual de Activos en el Exterior", Formulario Modelo número 160 deberán hacerlo a través de los servicios informáticos electrónicos, utilizando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Las declaraciones presentadas por un medio diferente se tendrán como no presentadas.

(Artículo 2o, Resolución 4 de 2019, instructivo modificado mediante artículo 1o de la Resolución 23 de 2022 y el artículo 1o de la Resolución 1096 de 2022)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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