Micelio

Artículo 6

º Con El Fin De Racionalizar Los Recursos Humanos Y Presupuestales Del Estado Asignados Al Programa De Jornada Adicional Y Con Base En La Previa Evaluación De Los Requerimientos Institucionales, El Nominador Podrá Trasladar Plazas Docentes De Una Jornada Adicional A Otra

Decreto 2349 de 1988 · Por el cual se reglamenta el Programa Especial de Jornada Adicional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con el fin de racionalizar los recursos humanos y presupuestales del Estado asignados al Programa de Jornada Adicional y con base en la previa evaluación de los requerimientos institucionales, el nominador podrá trasladar plazas docentes de una Jornada Adicional a otra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2349 de 1988