º Con el fin de racionalizar los recursos humanos y presupuestales del Estado asignados al Programa de Jornada Adicional y con base en la previa evaluación de los requerimientos institucionales, el nominador podrá trasladar plazas docentes de una Jornada Adicional a otra.
Decreto 2349 de 1988 →Vigente
Artículo 6
º Con El Fin De Racionalizar Los Recursos Humanos Y Presupuestales Del Estado Asignados Al Programa De Jornada Adicional Y Con Base En La Previa Evaluación De Los Requerimientos Institucionales, El Nominador Podrá Trasladar Plazas Docentes De Una Jornada Adicional A Otra
Decreto 2349 de 1988 · Por el cual se reglamenta el Programa Especial de Jornada Adicional y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.