Micelio

Artículo 116

En Todos Los Talleres De Las Obras Publicas En Donde Se Empleen Aparatos De Soldadura Eléctrica, Es Obligatorio Que El Operario Tenga Un Equipo De Protección, Compuesto De Overoles , Guantes De Cuero, Mascaras Y Anteojos Que Neutralicen Las Irradiaciones Químicas, Térmicas, Etc

Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En todos los talleres de las obras publicas en donde se empleen aparatos de soldadura eléctrica, es obligatorio que el operario tenga un equipo de protección, compuesto de overoles , guantes de cuero, mascaras y anteojos que neutralicen las irradiaciones químicas, térmicas, etc., y de las partículas metálicas en la forma en que lo indica la Oficina General de Trabajo, además el local en donde funcione el aparato; debe tener el piso pavimentado con cemento; los muros pavimentados con barniz que tenga los rayos ultravioletas (mezcla de óxido de zinc y de negro de humo) y ser independientes del resto del taller con el objeto de favorecer al personal que se ocupa de otras labores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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