Decreto 501 de 1955 · Por medio del cual se reorganiza la carrera profesional de Suboficiales de las Fuerzas Militares y Marinería de la Armada Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los ascensos se conferirán por el Comando de la Armada Nacional, previo cumplimiento de los requisitos legales.
Parágrafo
Para la validez del ascenso a Suboficial Jefe Técnico, se requerirá la aprobación por medio de Resolución del Ministerio de Guerra.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.