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Artículo 182

Clasificación De Los Empleos

Decreto 262 de 2000 · Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos

2 sentencias lo revisaron1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Clasificación de los empleos. Los empleos, de acuerdo con su naturaleza y forma de provisión, se clasifican así:

1.

De carrera

2.

De libre nombramiento y remoción

Los empleos de la Procuraduría General de la Nación son de carrera, con excepción de los de libre nombramiento y remoción.

Los empleos de libre nombramiento y remoción son:

Viceprocurador General

Secretario General

Tesorero

Procurador Auxiliar

Director

Jefe de la División Administrativa y Financiera del Instituto de Estudios del Ministerio Público

Procurador Delegado

Procurador Judicial

Asesor del Despacho del Procurador

Asesor del Despacho del Viceprocurador

Veedor

Secretario Privado

Procurador Regional

Procurador Distrital

Procurador Provincial

Jefe de Oficina

Jefe de la División de Seguridad

Agentes adscritos a la División de Seguridad y demás servidores cuyas funciones consistan en la protección y seguridad personales de los servidores públicos, cualquiera sea la denominación del empleo.

3.

De período fijo: Procurador General de la Nación.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

ARTÍCULO 182. Clasificación de los empleos. Los empleos, de acuerdo con su naturaleza y forma de provisión, se clasifican así:

1.

De carrera

2.

De libre nombramiento y remoción

Los empleos de la Procuraduría General de la Nación son de carrera, con excepción de los de libre nombramiento y remoción.

Los empleos de libre nombramiento y remoción son:

Viceprocurador General

Secretario General

Tesorero

Procurador Auxiliar

Director

Jefe de la División Administrativa y Financiera del Instituto de Estudios del Ministerio Público

Procurador Delegado

Procurador Judicial

Asesor del Despacho del Procurador

Asesor del Despacho del Viceprocurador

Veedor

Secretario Privado

Procurador Regional

Procurador Distrital

Procurador Provincial

Jefe de Oficina

Jefe de la División de Seguridad

Agentes adscritos a la División de Seguridad y demás servidores cuyas funciones consistan en la protección y seguridad personales de los servidores públicos, cualquiera sea la denominación del empleo.

3.

De período fijo: Procurador General de la Nación.

JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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