Micelio

Artículo 224

Cualquier Aprovechamiento, Procesamiento Primario, Movilización O Comercialización De Productos Forestales, Realizado Sin Sujeción A Las Normas Del Presente Código O Demás Legales, Será Decomisado, Pero Por Razones De Índole Económica O Social, Se Podrán Establecer Excepciones

Decreto 2811 de 1974 · por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cualquier aprovechamiento, procesamiento primario, movilización o comercialización de productos forestales, realizado sin sujeción a las normas del presente código o demás legales, será decomisado, pero por razones de índole económica o social, se podrán establecer excepciones. CAPITULO III De las industrias forestales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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