Micelio

Artículo 20

Decreto 2500 de 1987 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 64 de 1978.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del artículo 16 de la Ley 64 de 1978 y de acuerdo con el

Parágrafo

del mismo, la multa se tasará entre uno y veinte salarios mínimos mensuales, multa que se hará efectiva mediante el procedimiento allí establecido. V. DEL EJERCICIO TEMPORAL DE LOS PROFESIONALES EXTRANJEROS EN EL PAIS .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2500 de 1987