Micelio

Artículo 3

A La Comisión Le Corresponde Organizar Sus Áreas De Trabajo Conforme A Las Necesidades Del Servicio, Y Expedir Su Reglamento Interno

Decreto 1253 de 1993 · por el cual se desarrolla y reglamenta parcialmente el Decreto 2119 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A la Comisión le corresponde organizar sus áreas de trabajo conforme a las necesidades del servicio, y expedir su reglamento interno. La Comisión tendrá un Coordinador General que le corresponderá adoptar las decisiones administrativas, distintas de las que expida el organismo en ejercicio de sus facultades regulatorias señaladas en el artículo 11 del Decreto 2119 de 1992, y que sean necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Comisión y coordinar todas las actividades a cargo del organismo, para lo cual contará con los recursos humanos y logísticos requeridos para ello. Por delegación del Ministro de Minas y Energía ordenará los gastos con cargo a los recursos asignados a la unidad. La coordinación general de la Comisión será asumida, en forma rotatoria y por un período de un año, por cada uno de los expertos de dedicación exclusiva, de acuerdo con la designación que haga la Comisión. La Comisión podrá asignar a cada uno de los expertos de dedicación exclusiva, incluido el Coordinador General, la dirección de las áreas de trabajo que determine en su reglamento interno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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