º Delégase en la Intendencia Nacional de San Andrés la facultad de dirigir y administrar los trabajos de construcción y reparación de muelles para atraque de embarcaciones, en la capital de la Intendencia, y en el Caserío de San Luis en la misma isla, a lo cual atenderá con los $ 80.000 de la apropiación hecha por el artículo 2387 del Presupuesto vigente, y con los fondos que se apropien para igual finalidad en las apropiaciones de vigencias posteriores, mientras dure la delegación que por este Decreto se hace.
Decreto 2204 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Delégase En La Intendencia Nacional De San Andrés La Facultad De Dirigir Y Administrar Los Trabajos De Construcción Y Reparación De Muelles Para Atraque De Embarcaciones, En La Capital De La Intendencia, Y En El Caserío De San Luis En La Misma Isla, A Lo Cual Atenderá Con Los $ 80
Decreto 2204 de 1947 · Por el cual se delega a la Intendencia Nacional de San Andrés la ejecución de obras portuarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.