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Artículo 26

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Promulgación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Numeral 1° Del Artículo 3° Del Decreto 707 De 1992, El Artículo 3° Del Decreto 1050 De 1997 Y El Decreto 1086 De 1997

Decreto 26 de 1998 · por el cual se dictan normas de austeridad en el gasto público.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente decreto rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el numeral 1° del artículo 3° del Decreto 707 de 1992, el artículo 3° del Decreto 1050 de 1997 y el Decreto 1086 de 1997.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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