Queda prohibido recibir armas, en los talleres de reparación, sin el respectivo salvoconducto de porte y posesión de las armas.
El personal militar y de la Policía Nacional en servicio activo que desee hacer reparar su armas, deberá obtener del Comando de la Unidad Operativa, Táctica, Base Naval O Aérea a que pertenezca el interesado, una certificación sobre la propiedad del arma o armas, en la cual conste además el nombre del taller en donde se efectuará la reparación