A través del contrato de fiducia, las Unidades Administrativas Especiales administrarán y manejarán los recursos presupuestales que les sean asignados, atenderán las erogaciones relacionadas con los gastos de personal, de funcionamiento y de inversión, y desarrollarán las demás actuaciones que les correspondan, conforme a las normas legales que regulan la materia. Por delegación del Ministro de Minas y Energía, cada Director General de Unidad y el Coordinador General de la Comisión de Regulación Energética ordenará los gastos con cargo al presupuesto de la respectiva unidad.
Decreto 1253 de 1993 →Vigente
Artículo 26
A Través Del Contrato De Fiducia, Las Unidades Administrativas Especiales Administrarán Y Manejarán Los Recursos Presupuestales Que Les Sean Asignados, Atenderán Las Erogaciones Relacionadas Con Los Gastos De Personal, De Funcionamiento Y De Inversión, Y Desarrollarán Las Demás Actuaciones Que Les Correspondan, Conforme A Las Normas Legales Que Regulan La Materia
Decreto 1253 de 1993 · por el cual se desarrolla y reglamenta parcialmente el Decreto 2119 de 1992.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.