Del Consejo de Selección. Créase el Consejo de Selección encargado de asesorar al Departamento en sus aspectos técnicos de selección de personal civil y con el fin de estudiar y aprovechar los recursos existentes sobre esta materia en las diferentes unidades de la administración pública. El Consejo de Selección estará integrado así: El Jefe de la División de Selección y Capacitación del Departamento quien lo presidirá. El Jefe de la División del Servicio Nacional de Pruebas de la Asociación Colombiana de Universidades; El Jefe de la División de Admisiones e Información Profesional de la Universidad Nacional; El Jefe de la Sección del Selección y Orientación del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA); El Jefe de Selección del Instituto Colombiano para la Reforma Agraria (INCORA), y El Jefe de la Sección de Sico-Pedagogía del Instituto de Especialización para el Magisterio del Distrito Especial de Bogotá.
Decreto 3057 de 1968 →Vigente
Artículo 15
Del Consejo De Selección
Decreto 3057 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Departamento Administrativo del Servicio Civil
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.