Micelio

Artículo 13

Las Oficinas De Correos Que Manejen Fondos De Giros Llevaran Una Cuenta Especial De Los Fondos, Ya Procedan De Remesas De La Oficina Principal O De Otras Oficinas, Ya De Fondos De Giros Y Derechos De Expedición, Y Describirán Diariamente Operaciones Que Se Efectúen

Decreto 2294 de 1950 · Se liquida el Banco Postal y se restablece el servicio de giros postales

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 13. Las Oficinas de Correos que manejen fondos de giros llevaran una cuenta especial de los fondos, ya procedan de remesas de la oficina principal o de otras oficinas, ya de fondos de giros y derechos de expedición, y describirán diariamente operaciones que se efectúen.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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