Micelio

Artículo 3

El Término De Duración De La Sociedad Será De Noventa Y Nueve (9

Decreto 8641 de 1986 · Por el cual se aprueban estatutos de telecaribe

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El término de duración de la Sociedad será de noventa y nueve (9.9) años, contados a partir de la fecha de su constitución. CAPITULO II Objetivos y Actividades

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 8641 de 1986