Micelio

Artículo 256

El Condenado Que Enferme Mientras Se Encuentra En Aislamiento, Debe Ser Conducido A La Enfermería: Pero Una Vez Curado Debe Seguir Cumpliendo La Sanción, Oído El Concepto Del Médico

Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El condenado que enferme mientras se encuentra en aislamiento, debe ser conducido a la enfermería: pero una vez curado debe seguir cumpliendo la sanción, oído el concepto del Médico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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