Micelio

Artículo 7

º El Empleado Deberá Entregar La Solicitud De Inscripción En La División De Asistencia A La Rama Jurisdiccional Del Ministerio De Justicia, O Enviarla A Dicha Dependencia, Por Correo Certificado, Con Los Documentos Señalados En El Artículo 2º De Este Decreto, A Más Tardar El 31 De Mayo De 1986

Decreto 1190 de 1986 · Por el cual se dictan normas sobre Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El empleado deberá entregar la solicitud de inscripción en la División de Asistencia a la Rama Jurisdiccional del Ministerio de Justicia, o enviarla a dicha dependencia, por correo certificado, con los documentos señalados en el artículo 2º de este Decreto, a más tardar el 31 de mayo de 1986. El Ministerio de Justicia hará publicar por el término de diez (10) días en la Secretaria del respectivo Tribunal Superior de Distrito Judicial la lista de aspirantes a la Carrera Judicial. El Secretario del Tribunal deberá informar a la División de Asistencia a la Rama Jurisdiccional del Ministerio de Justicia sobre la fijación de las listas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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