Articulo 6º Derogase el artículo 6º del Decreto 835 de 1980 y el artículo 3º del Decreto 464 de 1981; modificanse el artículo 1º del Decreto 895 de 1980 en lo referente al gravamen de la posición 10.07.01.02 y al gravamen, nomenclatura y descripción de la posición 39.01.29.00 y el artículo 1º del Decreto 1917 de 1980 en lo referente a la nota de la posición 87.14.90.02.
Decreto 1317 de 1981 →Vigente
Artículo 6
Derogase El Artículo 6º Del Decreto 835 De 1980 Y El Artículo 3º Del Decreto 464 De 1981; Modificanse El Artículo 1º Del Decreto 895 De 1980 En Lo Referente Al Gravamen De La Posición 10
Decreto 1317 de 1981 · Por medio del cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.