La Comisión Patronal de Desanalfabetización tiene como función la de estimular e intensificar el rápido aprendizaje de la lectura y la escritura, entre las personas no mayores de 25 años, mediante la colaboración de quienes, voluntariamente, se comprometen en este nobilísimo empeño cultural, de acuerdo con los planes e instrucciones que impartirá el Ministerio por conducto de la Sección de Patronatos Escolares, dependiente de la Dirección de Extensión Cultural y Bellas Artes. En esta cruzada de desanalfabetización, el Estado proporcionará medios rápidos y directos para llevar al analfabeto los beneficios de la cultura, tales como la radio, el cine y las escuelas ambulantes.
Artículo 12
La Comisión Patronal De Desanalfabetización Tiene Como Función La De Estimular E Intensificar El Rápido Aprendizaje De La Lectura Y La Escritura, Entre Las Personas No Mayores De 25 Años, Mediante La Colaboración De Quienes, Voluntariamente, Se Comprometen En Este Nobilísimo Empeño Cultural, De Acuerdo Con Los Planes E Instrucciones Que Impartirá El Ministerio Por Conducto De La Sección De Patronatos Escolares, Dependiente De La Dirección De Extensión Cultural Y Bellas Artes
Decreto 722 de 1940 · Por el cual se establece el Patronato Escolar y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.