Micelio

Artículo 4

La Intendencia Nacional Del Amazonas Procederá A Entregar A Los Ministerios De Obras Públicas Y De Guerra, Respectivamente, Por Riguroso Inventario, Los Bienes Y Elementos De Las Obras Públicas Y De La Navegación Del Sur, Que Están A Su Cuidado

Decreto 621 de 1938 · Por el cual se adscriben la navegación y las obras públicas del Sur, a los Ministerios de Guerra y Obras Públicas respectivamente

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4° La Intendencia Nacional del Amazonas procederá a entregar a los Ministerios de Obras Públicas y de Guerra, respectivamente, por riguroso inventario, los bienes y elementos de las obras públicas y de la navegación del Sur, que están a su cuidado. Esta entrega se hará con asistencia de funcionarios autorizados por los Ministerios de Gobierno y de Agricultura, y con intervención de la Contraloría General de la República.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 621 de 1938