°. Los laboratorios que preparen soluciones inyectables de estas substancias, o productos medicinales que las contengan, podrán comprar solamente las cantidades destinadas para la fabricación de sus preparados, no para expendio. A la misma condición estarán sometidos los que adquieran substancias primas para la extracción de alcaloides.
Decreto 96 de 1940 →Vigente
Artículo 5
Los Laboratorios Que Preparen Soluciones Inyectables De Estas Substancias, O Productos Medicinales Que Las Contengan, Podrán Comprar Solamente Las Cantidades Destinadas Para La Fabricación De Sus Preparados, No Para Expendio
Decreto 96 de 1940 · Por el cual se reglamenta la ley 36 de 1939,
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.