Quedan prohibidos los telegramas de "continuación" o sean aquellos en que el texto de una comunicación se divide en dos o más telegramas para que cada uno esté dentro del límite de palabras de la franquicia.
Decreto 405 de 1949 →Vigente
Artículo 14
Quedan Prohibidos Los Telegramas De "continuación" O Sean Aquellos En Que El Texto De Una Comunicación Se Divide En Dos O Más Telegramas Para Que Cada Uno Esté Dentro Del Límite De Palabras De La Franquicia
Decreto 405 de 1949 · Por el cual se reglamenta la franquicia telegráfica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.