El subsidio familiar en especie. Las Cajas de Compensación Familiar, conforme al artículo 5° de la Ley 21 de 1982, podrán reconocer subsidio familiar en especie, consistente en alimentos, vestidos, becas de estudio, textos escolares, drogas y demás frutos o géneros diferentes al dinero.
(Decreto número 784 de 1989, artículo 14)