Micelio

Artículo 8

El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Al Tenor Del Artículo 1º Del Decreto-Ley 588 De 1974, Surte Efectos Fiscales A Partir Del Primero (1°) De Enero De Mil Novecientos Setenta Y Cuatro (1974) Para Los Empleados Que En Dicha Fecha Estuvieren Prestando Sus Servicios Al Fondo Rotatorio De La Fuerza Aérea Colombiana Y Sean Incorporados A Los Cargos Qué Se Establecen En El Presente Acuerdo Y Para Quienes Hubieren Ingresado Con Posterioridad A Ella A Partir De La Fecha De Su Posesión

Decreto 1606 de 1974 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal del Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea Colombiana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y al tenor del artículo 1º del Decreto-ley 588 de 1974, surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos setenta y cuatro (1974) para los empleados que en dicha fecha estuvieren prestando sus servicios al Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea Colombiana y sean incorporados a los cargos qué se establecen en el presente Acuerdo y para quienes hubieren ingresado con posterioridad a ella a partir de la fecha de su posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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