º El Capitán es el Jefe, y a él están subordinados los demás Oficiales y empleados del buque. Sus principales funciones son las siguientes: 1°. Tener bajo su inmediato cuidad los fondos que para gastos debe entregarle la Aduana respectiva. 2°. Dictar el Reglamento interno del buque. 3°. Recibir y cumplir las órdenes qu por escrito le dé el Administrador de la Aduana, y las que por este conducto tenga a bien comunicar el Gobierno en cuanto a excursiones y desempeño de comisiones; y 4°. Hacer que el Contador Mayordomo lleve, con la debida corrección y limpieza, los siguientes libros: uno de caja, donde se anotarán las entradas y salidas; uno de inventario, donde se anotarán, por separado, los artículos no fungibles y de duración que se compren; un libro de altas y bajas el personal, y el diario de navegación.
Decreto 643 de 1915 →Vigente
Artículo 7
El Capitán Es El Jefe, Y A Él Están Subordinados Los Demás Oficiales Y Empleados Del Buque
Decreto 643 de 1915 · Reglamentario del servicio de guardacostas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.