° En desarrollo de las disposiciones del artículo cuarto del Decreto-Ley 164 de 195o, el orden en que deberán presentarse en los proyectos de Presupuesto los distintos renglones en renta e ingresos, y que seguirá la Contraloría General de la República para la presentación de sus informes mensuales y anuales, es el siguiente: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Rentas de Imposición a) Impuestos directos
Impuesto sobre la renta
Con base en la renta;
Con base en el patrimonio;
Con base en el exceso de utilidades;
Recargos del 35% sobre el impuesto sobre la renta y sus adicionales;
Recargo del 20% sobre la sobretasa de exceso de utilidades;
Recargo del 1% sobre la renta líquida que exceda de $ 10.000;
Impuesto adicional del 5% para los Institutos de Crédito Territorial y Siderurgia Paz de Rio;
Impuesto sobre las grandes rentas, ausentismo y soltería;
Impuesto sobre sucesiones
Masa global hereditaria, asignaciones y donaciones;
Aumento del 20% sobre el impuesto de asignaciones y donaciones;
Recargo del 10% sobre los impuestos predial, registro y anotación y contribución de los Municipios;
Impuesto adicional de catastro para la Policía Rural;
Impuesto del 2% sobre premios de lotería;
Aumento del 10% sobre el impuesto de premios de lotería. b) Impuestos indirectos. 11. Impuesto de aduanas y recargos; 12. Impuesto sobre tonelaje; 13. Impuesto sobre exportación de banano; 14. Impuesto sobre exportación de banano; 15. Impuesto sobre otras exportaciones; 16. Impuesto sobre endosos o cesión de acciones de compañías anónimas; 17. Impuesto sobre consumo de gasolina; 18. Impuesto sobre consumo de llantas; 19. Impuesto sobre consumo de fósforos y naipes; 20. Impuesto sobre papel sellado y timbre nacional; 21. Impuesto adicional de timbre a operaciones de cambio; 22. Impuesto sobre la venta de oro físico; 23. Impuesto sobre encendedores automáticos; 24. Impuestos sobre aparatos telefónicos; 25. Impuesto sobre espectáculos públicos y billetes de apuestas; 27. Impuesto sobre primas de seguro; 28. Impuesto sobre consumo de grasas y lubricantes; 29. Impuesto del 10% sobre giros al Exterior, residentes; 30. Aumento del impuesto sobre giros al Exterior, residentes; 31. Impuesto sobre giros al Exterior, para formación del Fondo Ferroviario; 32. Producto de los impuestos creados para el Fondo Nacional del Turismo; 33. Producto de la venta de facturas consulares; 34. Impuesto sobre pieles de ganado vacuno; 35. Producto de gasolina etílica; 36. Impuesto sobre consumo de algodón; 37. Impuesto sobre consumo de panela y miel. C) Tasas y multas. 51. Pesca de perlas y otras; 52. Correos; 53. Telégrafos; 54. Sobretasa postal y telegráfica; 55. Producto de estampillas de Cruz Roja; 56. Muelles, faros, boyas y sanidad de puertos; 57. Impuesto sobre defensa nacional; 58. Impuesto sobre minas; 59. Impuesto sobre patentes y registros de marcas; 60. Contribución de los bancos para el sostenimiento de la Superintendencia Bancaria; 61. Contribución de las sociedades anónimas para la Superintendencia del ramo; 62. Contribución de los establecimientos sujetos al control de la Revisoría Fiscal de Instituciones de Crédito; 63. Muelles fluviales; 64. Producto del Terminal Marítimo de Barranquilla; 65. Producto del Terminal Marítimo de Cartagena; 66. Producto del Malecón de Buenaventura; 67. Servicio de transbordadores en los puertos fluviales; 68. Otros ingresos, rentas no especificadas; 69. Impuesto de valorización por desecaciones e irrigaciones; 70. Sello de garantía farmacéutica y sanidad. Rentas contractuales 81. Minas de Supia y Marmato; 82. Minas de Muzo y Coscuez; 83. Salinas terrestres (concesión del Banco de la República); 84. Salinas marítimas (concesión del Banco de la República); 85. Participación en la explotación de bosques nacionales; 86. Participación en la explotación de petróleos (tropical Oil Company); 87. Participación en la explotación de petróleos (Colombian Petroleum Company); 88. Participación en la explotación de petróleos (La Estrella de Colombia); 89. Participación en la explotación de petróleos (La Estrella de Colomba); 90. Participación en el transporte de oleoductos; 91. Participación en la estación de abastos; 92. Participación nacional en la explotación de minas; 93. Participación en la renta de cables y radios; 94. Participación en la renta de radiotelecomunicaciones; 95. Producto de bienes nacionales; 96. Participación en el producto liquido de los Ferrocarriles Nacionales; 97. Ferrocarriles Nacionales, inciso d) cláusula 5a. del contrato; 98. Cánones superficiarios de petróleos; 99. Remate de mercancías decomisadas: 100. Aporte de varios Municipios para la Policía Nacional; 101. Aporte de varias entidades para la Contraloría General; 102. Aporte de otras entidades para la Policía Fiscal de Aduanas; 103. Utilidades e ingresos del Fondo Rotatorio de Estupefacientes; 104. Intereses a favor del Gobierno Nacional, según contrato con el Banco de la República; 105. Utilidades de las acciones en el Banco de la República; 106. Producto del arrendamiento de apartador postales y multas del Ministerio de Correos; 107. Consignaciones por responsabilidades postales; 108. Servicio de pasajes en naves aéreas nacionales; 109. Servicio de aterrizaje, alojamiento y otros, de naves aéreas en aeródromos oficiales; 110. Producto del aeródromo de Santágueda; 111. Contrato de la Policía con la Compañía de Cementos "Portland Diamante"; 112. Contrato de la Policía Nacional con las Compañías Unidas de Petróleos; 113. Producto del Laboratorio Nacional "Samper-Martínez" Rentas ocasionales 120. Producto de la venta de material de obras públicas y de elementos del mismo Ministerio; 121. Producto de la venta de material de obras públicas y de elementos del mismo Ministerio; 122. Reintegro de parte de los gastos causados al Gobierno Nacional por el estado de beligerancia con Alemania; 123. Otros ingresos, rentas no especificadas. Recursos del Balance del Tesoro 130. Recursos del credito 135. Préstamo del Departamento del Valle (Decreto 284 de 1950).