° El Habilitado del Ministerio de Guerra, como responsable del Erario, prestará la fianza que le corresponde y rendirá sus cuentas á la Corte del Ramo en la forma establecida.
Decreto 93 de 1910 →Vigente
Artículo 2
° El Habilitado Del Ministerio De Guerra, Como Responsable Del Erario, Prestará La Fianza Que Le Corresponde Y Rendirá Sus Cuentas Á La Corte Del Ramo En La Forma Establecida
Decreto 93 de 1910 · Por el cual se organiza la Habilitación del Ministerio de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.