Micelio

Artículo 19

Ley 361 de 1997 · por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas en situación de discapacidad y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó1 condicionada
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las personas en situación de discapacidad de escasos recursos serán beneficiarios del Régimen Subsidiado de Seguridad Social establecido en la Ley 100 de 1993 .

Para los efectos de este artículo y con el fin de ampliar la oferta de servicios a la población en situación de discapacidad beneficiaria de dicho régimen, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud establecido en la Ley 100 de 1993 , deberá incluir en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado, los servicios de tratamiento y rehabilitación de la población en situación de discapacidad, lo cual deberá ser plasmado en un decreto expedido por el Ministerio de Salud.

Parágrafo

El Ministerio de Salud y el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud determinarán los beneficios a los que tendrán acceso las personas en situación de discapacidad de escasos recursos no afiliados al Régimen de Seguridad Social en Salud establecido en la Ley 100 de 1993 , hasta el año 2001, fecha en que la cobertura será universal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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