Micelio

Artículo 49

La Oficina Del Instituto Tendrá Las Funciones Siguientes: A) Estudiar Metódicamente Los Diferentes Aspectos De Los Servicios Que Presta El Instituto Y Señalar Los Vacíos Que Existan; B) Estudiar Los Avances Que Se Registren En Estos Servicios, En Otros Países, E Intervenir En La Elaboración De Programas Destinados A Extender Y Mejorar Tales Servicios Y A Reducir Los Costos De Operación Del Instituto; C) Estudiar El Estado Económico Y Financiero Del Instituto Y Proponer Las Tarifas Convenientes Para La Prestación De Los Servicios; D) Conceptuar Sobre Los Aspectos Económicos De Los Programas De Desarrollo Y De Las Actividades De Los Programas De Desarrollo Y De Las Inversiones Correspondientes, Y E) Servir De Órgano Coordinar Señalando Las Orientaciones Generales Dentro De Los Objetivos Del Instituto

Decreto 1170 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La oficina del Instituto tendrá las funciones siguientes

a)

Estudiar metódicamente los diferentes aspectos de los servicios que presta el Instituto y señalar los vacíos que existan;

b)

Estudiar los avances que se registren en estos servicios, en otros países, e intervenir en la elaboración de programas destinados a extender y mejorar tales servicios y a reducir los costos de operación del Instituto;

c)

Estudiar el estado económico y financiero del Instituto y proponer las tarifas convenientes para la prestación de los servicios;

d)

Conceptuar sobre los aspectos económicos de los programas de desarrollo y de las actividades de los programas de desarrollo y de las inversiones correspondientes, y

e)

Servir de órgano coordinar señalando las orientaciones generales dentro de los objetivos del Instituto. CAPITULO IX Normas varias

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1170 de 1969