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Artículo 8

º Las Programadoras De Acuerdo Al Puntaje Que Obtengan, Podrán Optar Por Los Porcentajes De Programación Que A Continuación Se Señalan: 1

Decreto 89 de 1986 · por el cual se dictan normas sobre inscripción, calificación y clasificación en el registro de proponentes para la celebración de contratos de concesión de espacios de televisión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las programadoras de acuerdo al puntaje que obtengan, podrán optar por los porcentajes de programación que a continuación se señalan

1.

De 500 a 600 puntos, hasta el 3%. Sin embargo en ningún caso se podrá optar por menos de cuatro horas, de conformidad con lo establecido en el Decreto-l ey 222 de 1983.

2.

De 601 a 700 puntos hasta el 7%.

3.

De 701 a 800 puntos hasta el 10%.

4.

De 801 a 900 puntos hasta el 15%.

5.

De 900 a 1.000 puntos hasta el 20%.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 89 de 1986