Micelio

Artículo 15

Los Calificadores Al Hacer La Calificación A Sus Subalternos, Deberán Proceder Con Absoluta Imparcialidad, En Exposiciones Claras, Definidas, Lacónicas Y Ajustadas Estrictamente A La Verdad

Decreto 1360 de 1942 · Por el cual se reglamenta el Escalafón de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los calificadores al hacer la calificación a sus subalternos, deberán proceder con absoluta imparcialidad, en exposiciones claras, definidas, lacónicas y ajustadas estrictamente a la verdad. En igual forma deberán obrar los Jefes superiores a quienes corresponda revisar y conceptuar sobre las calificaciones hechas por sus subalternos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1360 de 1942