Micelio

Artículo 9

Ley 228 de 1995 · por la cual se determina el régimen aplicable a las contravenciones especiales y se dictan otras disposiciones.

2 sentencias lo revisaron1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ofrecimiento o enajenación de bienes de procedencia no justificada . El que en lugar público o abierto al público ofrezca para su enajenación bien mueble usado, cuya procedencia no esté justificada, incurrirá en arresto de seis (6) a dieciocho (18) meses, siempre que la conducta no constituya hecho punible sancionado con pena mayor.

Parágrafo

Cuando se trate de establecimientos de comercio cuyo objeto social sea el de la compraventa con pacto de retroventa de que hablan los artículos 1939 y siguientes del Código Civil Colombiano, el contrato escrito ajustado a la ley y firmado por las partes que intervengan en él, se tendrá como prueba de la procedencia de que habla el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1996
    C-626/96ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
  2. 1996
    C-689/96ConstitucionalidadESTARSE A LO RESUELTO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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