Micelio

Artículo 2

De La Ley 7° De 1944

Decreto 1113 de 1947 · Por el cual se promulga un Tratado de Comercio y Navegación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El presente Decreto será publicado en la forma indicada en el artículo 3° de la Ley 7° de 1944.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1113 de 1947