Los dueños de los ganados quedaran responsables por los daños y perjuicios que puedan causar en los montes o bosques los mismos ganados o los pastores que los cuiden.
Decreto 976 de 1907 →Vigente
Artículo 30
Los Dueños De Los Ganados Quedaran Responsables Por Los Daños Y Perjuicios Que Puedan Causar En Los Montes O Bosques Los Mismos Ganados O Los Pastores Que Los Cuiden
Decreto 976 de 1907 · Sobre gastos no incluidos en los Presupuestos del Distrito Capital y de los Departamentos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.