A los funcionarios que optaron por el régimen establecido en el artículo 2º del Decreto 903 de 1992 y a los agentes del Ministerio Público a quienes se les aplicó el régimen allí señalado se les liquidará las cesantías causadas con base en la remuneración salarial establecida en dicho artículo para el año de 1992.
Decreto 107 de 1994 →Vigente
Artículo 19
Decreto 107 de 1994 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.