Micelio

Artículo 5

Los Despachos Que Contengan Renuncias De Empleos, Giros, Poderes, Endosos, Cargos Contra Entidades O Funcionarios Públicos, Contra Particulares, Comunidades O Sociedades, Se Transmitirán Con La Firma Completa Del Responsable

Decreto 1274 de 1917 · Por el cual se reforman los marcados con los números 1487 de 1914 y 573 del corriente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los despachos que contengan renuncias de empleos, giros, poderes, endosos, cargos contra entidades o funcionarios públicos, contra particulares, comunidades o sociedades, se transmitirán con la firma completa del responsable. Esto sin perjuicio de la sanción que establecen los artículos 5° y 83 del Código Postal y Telegráfico. Los que no estén en este caso pueden aceptarse sin firma o con ella, cualquiera que sea, siempre que al respaldo conste la firma responsable.

Parágrafo

Tanto en estos telegramas como en los demás que por su contenido puedan acarrear responsabilidad, el empleo debe exigir que se comprueben la identidad de la firma cuando tenga duda, y se ceñirá a lo dispuesto para tales casos en el Código citado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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