° El Gobierno Nacional -Ministerio de Hacienda y Crédito Público- de acuerdo con la facultad del artículo 27 de la Ley 78 de 1989, celebrará con el Banco Popular el contrato de administración fiduciaria de los títulos. Entre otros aspectos, se estipulará la forma y términos de traslado de los recursos de las colocaciones a la Tesorería General de la República, la remuneración por el manejo fiduciario, la clase de información que el agente fiduciario deberá suministrarles a las Direcciones Generales de Impuestos Nacionales y de Crédito Público, al Centro de Información y Sistemas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Contraloría General de la República, así como la forma y oportunidad de su entrega.
Decreto 1131 de 1990 →Vigente
Artículo 7
El Gobierno Nacional -Ministerio De Hacienda Y Crédito Público- De Acuerdo Con La Facultad Del Artículo 27 De La Ley 78 De 1989, Celebrará Con El Banco Popular El Contrato De Administración Fiduciaria De Los Títulos
Decreto 1131 de 1990 · por el cual se ordena la emisión de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados “Bonos de Financiamiento Especial -Emisión 1990-” y se fijan las características financieras y los términos para su suscripción.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.