Micelio

Artículo 16

Si Las Armas, Municiones O Explosivas A Que Se Refieren Los Artículos 12, 13, 14 Y 15 Fueren, Según Reglamentos Del Gobierno, De Uso Privativo De Las Fuerzas Armadas, La Sanción Respectiva Se Aumentará Hasta En Una Tercera Parte

Decreto 1118 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de Contravenciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Si las armas, municiones o explosivas a que se refieren los artículos 12, 13, 14 y 15 fueren, según reglamentos del Gobierno, de uso privativo de las fuerzas armadas, la sanción respectiva se aumentará hasta en una tercera parte. En todo caso las armas, municiones, explosivos o instrumentos para fabricarlos a que se refieren dichos artículos, serán decomisados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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