La Separación Absoluta Por Sentencia De La Justicia Militar U Ordinaria Por La Causal Fijada En La Letra D) Del Artículo 38 De Este Decreto, Acarrea La Pérdida Del Sueldo De Retiro, Pensión O Recompensa, Y El Oficial Solamente Tiene Derecho A La Devolución De Las Cuotas, Sin Intereses, Que Haya Consignado En La Caja Respectiva
Decreto 1680 de 1943 · Por la cual se modifica el marcado con el número 991 de mayo 29 de 1941, orgánico de la Fuerza Área
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La separación absoluta por sentencia de la justicia militar u ordinaria por la causal fijada en la letra d) del artículo 38 de este Decreto, acarrea la pérdida del sueldo de retiro, pensión o recompensa, y el oficial solamente tiene derecho a la devolución de las cuotas, sin intereses, que haya consignado en la caja respectiva.
Parágrafo
Si la separación es temporal, el Oficial puede retirar sus cuotas de la Caja de Sueldos de Retiro para reintegrarlas al volver al servicio activo,
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.