Micelio

Artículo 9

Son Oficiales De Los Servicios Los Profesionales Con Título Universitario, Escalafonados En La Carrera Policiva Para Cumplir Funciones Administrativas, Científicas O Técnicas En Las Especialidades De Derecho, Economía, Medicina, Odontología, Veterinaria, Ingeniería, Arquitectura, Agronomía, Culto, Y Demás Que Determine El Gobierno Si Fuere Necesario

Decreto 3072 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son Oficiales de los Servicios los profesionales con título universitario, escalafonados en la carrera policiva para cumplir funciones administrativas, científicas o técnicas en las especialidades de Derecho, Economía, Medicina, Odontología, Veterinaria, Ingeniería, Arquitectura, Agronomía, Culto, y demás que determine el Gobierno si fuere necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3072 de 1968