El personal de las Aduanas y de la Policía Fiscal, podrá ser trasladado mediante resolución de la Dirección General de Aduanas, sin que se requiera nuevo nombramiento y posesión. El trasladado tendrá derecho al valor del trasporte de él y de su cónyuge y se le reconocerán viáticos por no menos de seis (6) días como prima de traslado.
Decreto 2187 de 1953 →Vigente
Artículo 11
Decreto 2187 de 1953 · Por el cual se establecen normas sobre vigencia de las clasificaciones arancelarias, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.