Micelio

Artículo 6

De Conformidad Con El Artículo 18 Del Tratado De Montevideo, Sobre Tratamiento De La Nación Más Favorecida, Cuando Como Resultado De Las Reformas Del Arancel Aduanero Colombiano Los Gravámenes Fijados En Dichas Reformas Sean Inferiores A Los Establecidos En El Presente Decreto Y En Los Decretos Números 170 De 1964, 146 De 1965, 160 De 1966 Y 85 De 1967, Se Aplicarán Los Gravámenes Que Sean Más Favorables Para El Importador

Decreto 1938 de 1967 · por el cual se modifican y adicionan los Decretos números 170 de 1964, 146 de 1965, 160 de 1966 y 85 de 1967, por los cuales se concedieron unas rebajas arancelarias.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De conformidad con el artículo 18 del Tratado de Montevideo, sobre tratamiento de la Nación más favorecida, cuando como resultado de las reformas del Arancel Aduanero Colombiano los gravámenes fijados en dichas reformas sean inferiores a los establecidos en el presente Decreto y en los Decretos números 170 de 1964, 146 de 1965, 160 de 1966 y 85 de 1967, se aplicarán los gravámenes que sean más favorables para el importador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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